La junta electoral ha decidido desestimar el recurso interpuesto por Carlos Berride Meaños
La junta electoral ha decidido desestimar el recurso interpuesto por Carlos Berride Meaños contra la proclamación de personas electas para las vocalías de la xunta xeral de la cofradía de Carril. Dos eran los asuntos sobre los que había reclamado el interfecto, En primer lugar, por el empate entre los cuatro candidatos y la resolución indica que el recurrente hace una interpretación errónea de la norma de desempate que, asegura hay que hacerla en vinculación del censo (número de mujeres frente a hombres) y no en relación a los votos obtenidos y como el género infrarrepresentado es el de las mujeres no ha lugar a la reclamación, estima.
El segundo capítulo tenía como objetivo a José Luis Villanueva. Y lo explica en base a que la resolución que lo condena por un delito de lesiones no es firme. La junta electoral hizo un requerimiento al interesado para que acreditara que había interpuesto un recurso de casación del cual se derivaría la declaración de no firmeza de la sentencia de la Audiencia Provincial, y de ahí que lo haya desestimado.
La resolución puede recurrirse en el plazo de un mes o bien directamente ante el Tribual Superior de Xustiza de Galicia.
Fuente: La Voz de Galicia